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favor enviar e-mail a:
secom@brasilbcn.org
     Capital
extranjero
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Es considerado capital extranjero todas las mercaderías,
maquinarias, equipos y recursos financieros que entren a Brasil
destinados a inversiones y actividades económicas y desde que
estos ítems pertenezcan a individuos o compañías legalmente
constituidas, residentes, domiciliadas o con matrices en el
exterior.
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El registro de capital extranjero puede ser hecho por Internet a
través del sítio web del Banco Central do Brasil (http://www.bcb.gov.br/).
Es fundamental hacer este registro para efectos de remesas
locales fuera de Brasil, repatriación o registro de reinversión
de lucros.
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El registro tiene un carácter apenas de declaración, no estando
sujeto a análisis o verificación previa del Banco Central.
 Remesa
de Beneficios
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No hay restricciones y tributación acerca de la distribución de
lucros y su remesa al exterior.
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Brasil tiene acuerdos para evitar doble tributación con los
siguientes países: Suecia, Japón, Noruega, Portugal, Bélgica,
Dinamarca, España, Alemania, Austria, Luxemburgo, Italia,
Argentina, Canadá, Ecuador, Países Bajos, Filipinas, Francia,
Corea del Sur, República Checa, Eslovaquia, Finlandia, Hungría,
India y China.
 Reinversión
de Beneficios
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Los beneficios pueden ser reinvertidos en lugar de enviados al
exterior, siendo registrados como capital extranjero y
aumentando el lucro tributable, o sea, la base de cálculo, para
repatriación futura.
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Los beneficios obtenidos por inversores extranjeros que se
inviertan en compañías locales con el objetivo de suscripción o
adquisición de acciones y/o cuotas, están sujetos a registrarse
como capital extranjero.
 Repatriación
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El capital extranjero, registrado en el Banco Central de Brasil,
puede ser repatriado en cualquier momento para su país de origen,
sin necesidad de autorización previa.
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La repatriación de cuantía superior a la registrada en el Banco
Central de Brasil será considerada como ganancia, estando sujeta
a una alícuota de impuesto de 15%.
 La
remesa de fondos al exterior puede tener restricciones en los casos
en que no exista el correspondiente registro en el Banco Central de
Brasil.
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