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VISADO TEMPORAL VII (SIETE) - miembros de
confesiones, congregaciones u órdenes religiosas.

Documentos necesarios que el interesado deberá entregar al Consulado General de Brasil para la solicitud de concesión de visado temporario a extranjeros que vayan a Brasil en la condición de miembros de orden o congregación religiosa:

a) de la institución religiosa:

          - Acta de Constitución en Brasil;

          - Comprobantes de poderes de representación legal de su dirigente;  y

          - Compromiso de la entidad en Brasil de la manutención y salida del territorio nacional del religioso/a llamado/a.
 

b) del religioso/a:

-
Documento de viaje (pasaporte) con validez superior a 6 meses;

-
Declaración de Ordenación y/o histórico escolar que compruebe la formación religiosa.  En el caso de miembro de vida consagrada, prueba de esa condición;

- “Curriculum Vitae”;

- Certificado de antecedentes penales;

- Adicionalmente, cuando fuere el caso, certificado de matrimonio o certificado de nacimiento de los dependientes o documento de vínculo de dependencia; y

- Adicionalmente, cuando fuere al caso, declaración de que solamente ejercerá actividades en áreas indígenas mediante autorización expresa de la FUNAI;

- 2 formularios de “Pedido de Visado
(Obs.: Frente y verso);

- 2 fotografía tamaño 3 x 4 cm;

- Tasas: 56,0 Euros para el visado y 16,00 Euros, para la legalización del Certificado de antecedentes penales.

Si el visado no es tramitado personalmente, deberán añadir 8,00 Euros más.  En este supuesto se sugiere abonar dichas tasas por mensajero o por giro urgente, remitido a las señas abajo indicadas, indicando su nombre y el motivo.
   El posterior envío de su pasaporte con el visado, también será vía mensajero a portes debidos, o sea, se abonará en destino.


Rellenar y firmar los formularios de Autorización de Envío de Documentos y la Guía de Remesa de Documentos.

   
   Consulado General de Brasil
   Av. Diagonal, 468, 2º
   08006 Barcelona
E-mail: visa@brasilbcn.org