Atendimento ao público

De 2ª a 6ª feira
das 8h00 às 13:30h
(exceto em feriados)


Serviços exclusivos com

Agendamento/Cita previa/Appointment


- Passaporte
- Legalização e Outros Serviços
(Certificados, Declarações,

Autorização de Viagem de Menor,

Autenticação de Documentos,

Reconhecimento de Assinatura de Cidadão Brasileiro,

Cópia Autenticada de Documentos)
- Vistos (Visados)
- Registros (Nascimento, Casamento e Óbito)
- Procuração Pública, Atestados de Vida e de Residência



Serviços sem agendamento, mas com número de senhas limitado

 

- Alistamento Militar
- ARB (Aut. de Retorno ao Brasil)**
- CPF
- Título de Eleitor

O NÚMERO DE SENHAS PODE SER ALTERADO QUANDO NECESSÁRIO, SEM AVISO PRÉVIO

**Os pedidos de ARB são atendidos entre 12h e 14h, sem exceções, por ordem de chegada.


Entrega de documentos prontos,

15:00h às 16:00h.

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Visado de Turista

Leer las instrucciones con la debida atención

AVISO IMPORTANTE

Turistas ESPAÑOLES

Requisitos para entrar en Brasil:

Las autoridades de control migratorio del Departamento de Policía Federal de Brasil exigen, desde el 02 de Abril de 2012, los siguientes requisitos para ingreso de turistas españoles en territorio brasileño:

a) Pasaporte en vigor (mínimo 06 (seis) meses);

b) Billete aéreo de ida y vuelta; la fecha de regreso debe estar ya confirmada; el máximo de permanencia, sin visado, es de 90 dias;

c) Comprobación de medios económicos suficientes para manutención durante su estancia en Brasil. El valor mínimo corresponde a R$ 170,00 (ciento setenta reales) aproximadamente EUR 80,00 (ochenta euros) - al día, que deberán ser comprobados, por ejemplo, mediante presentación de tarjeta de crédito y su última factura, para verificación del límite;

d) En caso de hospedaje en hotel: documento comprobatorio de reserva ya abonada o garantizada por medio de tarjeta de crédito; o

d1) En caso de hospedaje en residencia particular:

carta invitación de un particular residente en la ciudad brasileña de destino, informando el plazo de estancia del turista español, con firma del declarante compulsada en notario (brasileño), acompañada de comprobación de residencia (por ejemplo, cuenta de electricidad)emitida a nombre del declarante. Obs.: no hay formulario específico de carta invitación, siendo suficiente la declaración del interesado conteniendo las informaciones anteriormente mencionadas.

Estas medidas se aplican solamente a turistas.

Cuando el motivo del viaje fuera negocios deberán ser presentados documentos que comprueben las actividades que serán desarrolladas en esa condición durante la estancia en Brasil; en el caso de que no fuera posible, recibirán el mismo tratamiento que los viajeros en calidad de turistas.

Negocios:

Los viajeros a negocios deberán presentar documentos comprobatorios de las actividades que serán desarolladas en Brasil como empresarios o personas de negocios, tal cual una carta de la empresa brasileña que los invita. Caso no sea posible presentar estos documentos, tendrán el mismo tracto que los turistas.

Los españoles propietarios de bienes inmuebles en Brasil, tendrán de presentar documentación que comprueben la propiedad del inmuebles, tal cual escritura de compra/venta registrada en el notario respectivo; cuentas de electricidad, gas, teléfono, además del billete aéreo de vuelta, con fecha determinada.

AVISO

El Consulado tramita solicitudes de visado exclusivamente por intermedio de formulario disponible online en la página: https://scedv.serpro.gov.br
 
Una vez rellenado correctamente el formulario específico, el sistema producirá un número de referencia que deberá ser presentado al Consulado con los demás documentos relativos al tipo de visado solicitado.
 
Caso sea necesaria la legalización y compulsa de documentos para el pedido de visado (por ejemplo: antecedentes penales, término de responsabilidad y manutención, fotocopias de pasaporte, registro de matrimonio), deberán ser presentados ya legalizados. Dichas tasas no serán devueltas si el visado no es concedido.


Viajes a turismo, visitas a familiares y/o amigos, participaciones, sin remuneración, en eventos deportivos o artísticos y en Seminarios y Conferencias Científicas y Académicas.

El ciudadano español no necesita visado para visitar Brasil como turista. En esa condición, no podrá ejercer cualquier tipo de actividad remunerada.

Para ciudadanos de otras nacionalidades:

Vea aquí si Usted necesita visado de turista para ingresar en Brasil.

En el caso de que Usted no necesite visado:

La exención de visado no elimina el deber de respetar las leyes y reglamentos vigentes en Brasil en relación a la entrada de extranjeros ni tampoco garante la admisión en territorio brasileño.

El extranjero deberá ser capaz de presentar en el momento de su entrada en territorio nacional:

a) pasaporte o documento equivalente, con validez mínima de 6 meses;

b) certificado internacional de inmunización, cuando necesario;

c) prueba de medios de subsistencia ( extractos bancarios, tarjetas de crédito, travellers checks u otros) compatibles un viaje internacional y/o billete de viaje que le permita entrar y salir del territorio nacional;

d) comprobante de alojamiento.

El periodo de estancia es de hasta 90 días, prorrogables según criterio de la Policía Federal del lugar donde se encuentren, por 90 días más.

A cada año, el periodo de estancia máxima como turista es de 180 días.

No hay visado que permita a ningún extranjero visitar Brasil como turista por tiempo superior al indicado arriba.

En el caso de que Usted necesite visado:

Documentación necesaria para solicitar el visado de turista:

1) 1 fotografía tamaño 3 x 4 cm, ya pegada en el formulario;

2) Pasaporte original en vigor (mínimo 6 meses de validez);

3) Prueba de medios de vida (nóminas recientes, extracto bancario reciente, etc.);

4) Billete de ida y salida de Brasil (Reserva del billete y/o carta de la agencia de viajes);

5) Para los ciudadanos no comunitarios, tarjeta de residente valida en España;

6) En caso de menores de edad que viajen a Brasil es obligatoria la autorización de los padres que deberán hacer un acta notarial de manifestación autorizando el viaje del menor;

7) Para participantes de eventos deportivos o artísticos o participantes de Congresos científicos: carta de la Federación deportiva y/o organismo brasileño que invita al evento.

8) Podrán ser solicitados otros documentos a criterio de la autoridad consular.

9) Tasas

a. Visado: 20,00 euros

Tasas diferenciadas para ciudadanos de los siguientes países:

Argélia: 60,00 euros
Austrália: 35,00 euros
Canadá: 65,00 euros
Corea: 30,00 euros
EUA: 140,00 euros
Japón: 25,00 euros
México: 30,00 euros
Nigeria: 65,00 euros

b. Intermediario (caso la documentación no sea presentada personalmente por el interesado): 20,00 euros

Plazo para emisión del visado:

Solicitud por correo o por mensajero

El Consulado General, teniendo en cuenta pos inúmeros problemas habidos con los visados por correo, decidió terminar con esta practica.

Así, todos los visados tienen que ser solicitados personalmente.

En caso de terceros, incluso mensajeros, hay que pagar una tasa y tener una autorización escrita y con firma renocida en notario para su tramitación y retirada.

La tasa es de 20,00 E((250 – Processamento de visto em passaporte não apresentado por seu titular ou familiar direto/ Procesamiento de visado en pasaporte no presentado por su titular o familiar directo(padre, madre, hijo mayor o hermano mayor).