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AVISO IMPORTANTE
El
Consulado tramita solicitudes de visado
exclusivamente por intermedio de formulario
disponible online en la página:
https://scedv.serpro.gov.br
Una vez rellenado correctamente el formulario específico, el sistema
producirá un número de referencia que deberá ser presentado al Consulado
con los demás documentos relativos al tipo de visado solicitado.
Caso sea necesaria la legalización y compulsa de documentos para el
pedido de visado (por ejemplo: antecedentes penales, término de
responsabilidad y manutención, fotocopias de pasaporte, registro de
matrimonio), deberán ser presentados ya legalizados. Dichas tasas no
serán devueltas si el visado no es concedido.
La
concesión de la visado temporal V por el Consulado del Brasil
depende de autorización del Ministerio del Trabajo y Empleo (www.mte.gov.br).
El trámite de la visa de trabajo se hace en dos etapas: la primera en
Brasil, la segunda en el Consulado.
- 1a etapa
La empresa establecida en Brasil deberá hacer a Usted un
contrato de trabajo, y/o formulario de asistencia técnica y/o de
entrenamiento (sin contrato). La propia empresa tramitará ante el
Consejo Nacional de Inmigración del Ministerio del Trabajo y Empleo
del Brasil, en Brasília, la aprobación del contrato. Una vez
aprobado, el Ministerio del Trabajo y Empleo comunica al Ministerio
de Relaciones Exteriores del Brasil, en Brasília, el cual a su vez
autoriza al Consulado del Brasil a otorgar la visa. Para saber las
exigencias del trámite de solicitud de la visa en el Ministerio del
Trabajo y Empleo, consulte el sitio:
www.mte.gov.br
- 2a etapa
Una vez autorizado, para retirar la visa, el beneficiario debe
entonces presentar en el Consulado los siguientes documentos:
Documentación:
1)
1 fotografía tamaño 3 x 4 cm, ya pegada en el formulario;
2)
Pasaporte original en vigor (validez mínima de 6 meses).
3)
Certificado de antecedentes penales*
4)
En
caso de extranjeros no comunitarios, presentar el NIE o una
fotocopia compulsada.
Para los dependientes:
Todos los documentos 1, 2, 3 e
4 y
5) Certificado Literal de Matrimonio y/o Certificado de
Nacimiento*.
6)
Tasas:
f.
Visado: 100,00 euros
g.
Intermediario (caso la documentación no sea presentada personalmente
por el interesado): 20,00 euros
h.
Los ciudadanos norteamericanos deberán abonar 150,00 euros más.
i.
Los ciudadanos británicos deberán abonar 155,00 euros más.
Solicitud por Correo
A. Enviar la documentación 1 a 4 o 1 a 5, conforme el caso.
B. Rellenar, firmar y remitir los formularios:
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informações sobre remessa por correio.
C. Rellenar y firmar la Declaración
de estar informado de la obligación de inscribirse en el registro
obligatorio de extranjeros de las autoridades de inmigración en
Brasil .
D. Enviar GIRO URGENTE por el valor de las Tasas Consulares,
conforme el item 6.
Consulado General de Brasil
Sector de Visados
Av.
Diagonal, 468, 2º - puerta C
08006 Barcelona
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