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Consulado-Geral do Brasil em Barcelona

Av. Diagonal, 468, 2º
08006 Barcelona (Espanha)
Tel.: +(34) 93 488 22 88 / Fax: 93 487 26 45

VISADO PERMANENTE (VIPER)
RENTAS DE JUBILACIÓN

Em caso de dúvida, favor enviar e-mail para: contato@brasilbcn.org


AVISO IMPORTANTE
 
  
El Consulado tramita solicitudes de visado exclusivamente por intermedio de formulario disponible online en la página: https://scedv.serpro.gov.br
 
 Una vez rellenado correctamente el formulario específico, el sistema producirá un número de referencia que deberá ser presentado al Consulado con los demás documentos relativos al tipo de visado solicitado.
 
 Caso sea necesaria la legalización y compulsa de documentos para el pedido de visado (por ejemplo: antecedentes penales, término de responsabilidad y manutención, fotocopias de pasaporte, registro de matrimonio), deberán ser presentados ya legalizados. Dichas tasas no serán devueltas si el visado no es concedido.


Residencia permanente por jubilación (sujeto a autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil)

Para solicitar visa permanente por transferencia jubilación, el interesado deberá comprobar que sus ingresos correspondan a un mínimo de R$ 6.000 (seis mil reais) mensuales, aplicables a si mismo y a dos dependientes. Para cada dependiente, además de los dos mencionados, será exigido el importe adicional de R$ 2.000 (dois mil reais) mensuales.

Para solicitar la visa permanente como jubilado, el extranjero y sus dependientes, si lo acompañan, deberán presentar los siguientes documentos:

1) 1 fotografía tamaño 3 x 4 cm, ya pegada en el formulario;

2) Original y Fotocopia de todas las páginas del Pasaporte original en vigor (validez mínima de 6 meses).

3) Certificado de antecedentes penales.

4
) Certificado de empadronamiento.

5)
En caso de extranjeros no comunitarios, presentar el NIE o una fotocopia compulsada.

6) Comprobante de jubilación definitiva, por medio de documento expedido por el organismo oficial de la Seguridad Social.

7)
Declaración del organismo o de la entidad bancaria que realizará las transferencias informando del montante mensual y que la referida cantidad puede ser transferida mensualmente a Brasil.

Tasas:

-    Compulsa de la fotocopia del pasaporte: 10,00 euros por documento

Con esta documentación, se solicita al organismo brasileño correspondiente la autorización de concesión de visado permanente (VIPER). Cuando se reciba dicha autorización el interesado deberá presentar:

-       pasaporte original;


Y pagar las tasas:

a.    Visado: 200,00 euros

 b.    Legalización de Documentos: 20,00 euros por documento

c.    Intermediario (caso la documentación no sea presentada personalmente por el interesado): 10,00 euros

d.    Los ciudadanos norteamericanos deberán abonar 140,00 euros más.

e.    Los ciudadanos británicos deberán abonar 155,00 euros más.

 Consulado General de Brasil
 Sector Visados
 Av. Diagonal, 468, 2º - puerta C
 08006 Barcelona



 

Consulado-Geral do Brasil em Barcelona - Av. Diagonal, 468, 2º - 08006 - Barcelona (Espanha)
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