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AVISO IMPORTANTE
El
Consulado tramita solicitudes de visado exclusivamente por intermedio de formulario
disponible online en la página:
https://scedv.serpro.gov.br
Una vez rellenado correctamente el formulario específico, el sistema
producirá un número de referencia que deberá ser presentado al Consulado
con los demás documentos relativos al tipo de visado solicitado.
Caso sea necesaria la legalización y compulsa de documentos para el
pedido de visado (por ejemplo: antecedentes penales, término de
responsabilidad y manutención, fotocopias de pasaporte, registro de
matrimonio), deberán ser presentados ya legalizados. Dichas tasas no
serán devueltas si el visado no es concedido.
Viajes
a turismo, visitas a familiares y/o amigos, participaciones, sin
remuneración, en eventos deportivos o artísticos y en Seminarios y
Conferencias Científicas y Académicas.
El ciudadano español no necesita visado para visitar Brasil como
turista. En esa condición, no podrá ejercer cualquier tipo de
actividad remunerada.
Para ciudadanos de otras nacionalidades:
Vea aquí
si Usted necesita visado de turista para ingresar en Brasil.
En el caso de que Usted no necesite visado:
La exención de visado no
elimina el deber de respetar las leyes y reglamentos vigentes en Brasil
en relación a la entrada de extranjeros ni tampoco garante la admisión
en territorio brasileño.
El extranjero deberá ser capaz de presentar en el momento de su entrada en territorio
nacional:
a)
pasaporte o
documento equivalente, con validez mínima de 6 meses;
b)
certificado
internacional de inmunización, cuando
necesario;
c)
prueba de medios de
subsistencia ( extractos bancarios, tarjetas de crédito, travellers
checks u otros) compatibles un viaje internacional y/o
billete de viaje que le permita entrar y salir del territorio nacional;
d)
comprobante de
alojamiento.
El periodo de estancia es de
hasta 90 días, prorrogables según criterio de la Policía Federal del lugar
donde se encuentren, por 90 días más.
A cada año, el periodo de
estancia máxima como turista es de 180 días.
No hay visado que permita a
ningún extranjero visitar Brasil como turista por tiempo superior al
indicado arriba.
En el caso de que Usted necesite visado:
Documentación necesaria para solicitar el visado de turista:
1)
1 fotografía tamaño 3 x 4 cm, ya pegada en el formulario;
2)
Pasaporte original en vigor (mínimo 6 meses de validez);
3)
Prueba de medios de vida (nóminas recientes, extracto bancario
reciente, etc.);
4)
Billete de ida y salida de Brasil (Reserva del billete y/o carta de
la agencia de viajes);
5)
Para los ciudadanos no comunitarios, tarjeta de residente valida en
España;
6)
En caso de menores de edad que viajen a Brasil es obligatoria
la autorización de los padres que deberán hacer un acta notarial de
manifestación autorizando el viaje del menor;
7)
Para participantes de eventos deportivos o artísticos o
participantes de Congresos científicos: carta de la Federación
deportiva y/o organismo brasileño que invita al evento.
8)
Podrán ser solicitados otros documentos a criterio de la autoridad
consular.
9) Tasas
a.
Visado: 20,00 euros
Tasas diferenciadas para ciudadanos de los siguientes países:
Argelia:
60,00 euros
Australia: 35,00 euros
Canadá: 65,00 euros
Corea:
30,00 euros
EUA:
140,00 euros
Japón:
25,00 euros
México:
30,00 euros
Nigeria: 65,00 euros
b. Intermediario
(caso la documentación no sea presentada personalmente por el
interesado): 20,00 euros
Plazo para emisión del visado:
- mínimo, 7 días laborables o
- mínimo, 15 días hábiles, cuando sea necesario consulta (vea listado
de países)
- mínimo, 15 días hábiles, cuando enviado por correo
Solicitud por Correo
A. Enviar la documentación 1 a 8, conforme el caso.
B. Rellenar, firmar y remitir los formularios:
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informações sobre remessa por correio.
C. Enviar GIRO URGENTE por el importe de las Tasas Consulares ,
conforme el item 9.
Consulado General de Brasil
Sector de Visados
Av. Diagonal, 468, 2º - puerta C
08006 Barcelona
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