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ORIENTACIONES SOBRE INVERSIONES Y REMESAS DE LUCROS

Capital extranjero 

  • Es considerado capital extranjero todas las mercaderías, maquinarias, equipos y recursos financieros que entren a Brasil destinados a inversiones y actividades económicas y desde que estos ítems pertenezcan a individuos o compañías legalmente constituidas, residentes, domiciliadas o con matrices en el exterior.
     
  • El registro de capital extranjero puede ser hecho por Internet a través del sítio web del Banco Central do Brasil (http://www.bcb.gov.br/). Es fundamental hacer este registro para efectos de remesas locales fuera de Brasil, repatriación o registro de reinversión de lucros.
     
  • El registro tiene un carácter apenas de declaración, no estando sujeto a análisis o verificación previa del Banco Central.


Remesa de Beneficios 

  • No hay restricciones y tributación acerca de la distribución de lucros y su remesa al exterior.
     
  • Brasil tiene acuerdos para evitar doble tributación con los siguientes países: Suecia, Japón, Noruega, Portugal, Bélgica, Dinamarca, España, Alemania, Austria, Luxemburgo, Italia, Argentina, Canadá, Ecuador, Países Bajos, Filipinas, Francia, Corea del Sur, República Checa, Eslovaquia, Finlandia, Hungría, India y China.
     

Reinversión de Beneficios

  • Los beneficios pueden ser reinvertidos en lugar de enviados al exterior, siendo registrados como capital extranjero y aumentando el lucro tributable, o sea, la base de cálculo, para repatriación futura.
     
  • Los beneficios obtenidos por inversores extranjeros que se inviertan en compañías locales con el objetivo de suscripción o adquisición de acciones y/o cuotas, están sujetos a registrarse como capital extranjero.
     

Repatriación

  • El capital extranjero, registrado en el Banco Central de Brasil, puede ser repatriado en cualquier momento para su país de origen, sin necesidad de autorización previa.
     
  • La repatriación de cuantía superior a la registrada en el Banco Central de Brasil será considerada como ganancia, estando sujeta a una alícuota de impuesto de 15%.
     
  • La remesa de fondos al exterior puede tener restricciones en los casos en que no exista el correspondiente registro en el Banco Central de Brasil.